Es Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo establece un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales -accidentes de trabajo y enfermedades profesionales- a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral.
La norma establece un periodo observación de un máximo de 4 ejercicios en los que habrá que haber cotizado un mínimo de 5.000€ (250€ para las pequeñas empresas), este periodo tiene que ser el inmediatamente anterior a la solicitud. La cuantía de los incentivos oscila entre 5% y el 10% de la cuotas satisfechas en el periodo de observación, esta reducción tendrá también un tope máximo para las pequeñas empresas, que no podrán superar los 250 € para el primer ejercicio, ni 500€ para los siguientes